viernes, 24 de junio de 2016

¿Cómo se Constituye la Sociedad Cooperativa?

Las sociedades cooperativas se constituyen mediante escritura pública y adquieren personalidad jurídica justo en el momento en que se inscriben en el Registro de Cooperativas. Estas sociedades deberán iniciar su actividad, conforme a sus estatutos, en el plazo máximo de un año a partir de la fecha de su inscripción en dicho registro.
En la constitución de la sociedad cooperativa se observará lo siguiente:
1. Se reconoce un voto por socio, independientemente de sus aportaciones
2. Serán de capital variable
3. Habrá igualdad esencial en derechos y obligaciones de sus socios e igualdad de condiciones para las mujeres
4. Tendrán duración indefinida, y
5. Se integrarán con un mínimo de cinco socios.

La constitución de la sociedad deberá realizarse en asamblea general que celebren los interesados, y en la que se levantará acta que contendrá:
1. Datos generales de los fundadores
2. Nombre de las personas que hayan resultado electas para integrar por primera vez consejos y comisiones, y
3. Las bases constitutivas


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